Decreto N°174/89: Autorizase a los particulares y para uso
doméstico la recepción sin fines de lucro, de las señales de estaciones de
radio y televisión que se emitan a través de satélites de comunicaciones.
Ley 23.727: Autorizase la instalación y uso de sistemas para la recepción de señales de radiodifusión provenientes de satélites artificiales de la tierra u otros objetos análogos, siempre que sean destinados al uso particular y sin fines de lucro.
No hay comentarios:
Publicar un comentario